Gastos Deducibles

Asesoramiento Fiscal en Gastos Deducibles | LRB Tax & Legal

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Asesoramiento fiscal en gastos deducibles

Deducir todo lo deducible y no un euro más, con la documentación preparada por si algún día hay que enseñarla. Es lo que hacemos en LRB Tax & Legal para autónomos, profesionales y sociedades: revisar el cuadro de gastos, fijar criterios por partida y dejar el soporte probatorio construido antes de que llegue el requerimiento.

Las dos formas de perder dinero con los gastos

La primera es evidente: deducir gastos que no resisten una comprobación y acabar pagando cuota, intereses y sanción de cuatro ejercicios. La segunda es silenciosa y más común de lo que parece: no deducir lo que la ley permite. En la mayoría de las revisiones que hacemos aparecen ambas cosas a la vez.

Partidas que sistemáticamente se dejan de aprovechar:

  • El 50% del IVA del vehículo, amparado por una presunción legal que no exige prueba alguna.
  • Los gastos de titularidad del inmueble en quien trabaja desde casa: IBI, comunidad, seguro, amortización, intereses, en proporción directa de metros afectos.
  • La amortización del 3% del arrendador, que no supone desembolso alguno.
  • La amortización acelerada del régimen de empresas de reducida dimensión y la libertad de amortización para elementos de escaso valor.
  • Las regularizaciones favorables de bienes de inversión en IVA, que también operan a favor del contribuyente.
  • La opción por la prorrata especial cuando resulta más beneficiosa que la general.

Qué hacemos

  1. Diagnóstico del cuadro de gastos

    Revisamos las partidas de los ejercicios no prescritos, identificamos las que no resistirían una comprobación y las que están infrautilizadas, y cuantificamos el impacto de unas y otras.

  2. Fijación de criterios por partida

    Para cada bloque de gasto, un criterio escrito: qué se deduce, en qué porcentaje, con qué fundamento normativo y con qué soporte documental. Ese documento es la referencia del día a día y la base de la defensa si llega el requerimiento.

  3. Diseño del soporte probatorio

    Cuentas contables separadas, plantillas de registro de desplazamientos, contratos con vinculadas, política de vehículos, declaración censal de metros afectos, archivo por proyecto. La prueba se construye antes, no después.

  4. Regularización voluntaria si procede

    Cuando hay posiciones insostenibles en ejercicios abiertos, valoramos qué conviene corregir mediante complementaria —con recargo, sin sanción— y qué conviene mantener por ser criterio defendible.

  5. Acompañamiento continuado

    Revisión en el cierre de los ajustes extracontables, control del límite del 1%, seguimiento de las regularizaciones de bienes de inversión y actualización de criterios cuando cambia la norma o la doctrina.

Para quién

Autónomos y profesionales

Estimación directa normal o simplificada. Vehículo, vivienda parcialmente afecta, dietas, formación, amortizaciones y el porcentaje de difícil justificación.

Sociedades

Ajustes extracontables, retribución de socios y administradores, atenciones a clientes, vehículos de empresa, deterioros, gastos financieros y operaciones vinculadas.

Arrendadores

Rendimientos del capital inmobiliario: amortización, reparación frente a mejora, límite de intereses, saldos de dudoso cobro y reducción por arrendamiento de vivienda.

También cuando se complica

Asesorar y defender, en el mismo despacho

La diferencia entre una gestoría y un despacho de abogados y asesores fiscales aparece el día que llega la comunicación de inicio. Nosotros redactamos las alegaciones, comparecemos, interponemos la reclamación económico-administrativa y, si hace falta, el recurso contencioso.

Preguntas frecuentes

Sobre el servicio

¿Sustituyen ustedes a mi gestoría?

No necesariamente. Podemos asumir la gestión completa o trabajar solo la capa de criterio fiscal y de soporte documental, coordinándonos con su gestoría actual, que sigue llevando la contabilidad y las presentaciones. Muchos clientes empiezan así y valoran después si les conviene unificar.

¿Cuánto cuesta una revisión de gastos?

Depende del volumen de partidas, del número de ejercicios a revisar y de si hay una o varias entidades. En todo caso se presupuesta por escrito y de forma cerrada antes de empezar, con el alcance detallado. La primera conversación para valorar el encargo no tiene coste.

¿Trabajan con clientes de toda España?

Sí. El trabajo es documental y se desarrolla a distancia con normalidad. LRB Tax & Legal tiene oficinas en Madrid y delegación en Palma de Mallorca, y actuamos ante órganos de la AEAT y tribunales económico-administrativos de todo el territorio.

¿Qué pasa si descubren que llevo años deduciendo mal?

Se lo diremos con franqueza y le explicaremos las opciones: regularizar voluntariamente los ejercicios abiertos —con recargo y sin sanción— o mantener la posición si el criterio es defendible. La decisión es suya; nuestro trabajo es que la tome con la información completa y con el cálculo del riesgo delante.

¿Puedo consultarles solo una duda concreta?

Sí. Muchas consultas se resuelven con un análisis puntual sobre una partida determinada, sin necesidad de un encargo continuado. Escríbanos a Contacto@LRB.es describiendo el gasto, los ejercicios afectados y la documentación de que dispone.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa y el criterio administrativo vigentes en la fecha de su última revisión. Los importes, porcentajes y límites cuantitativos se modifican con frecuencia por leyes de presupuestos y reglamentos, y algunos criterios están pendientes de consolidación jurisprudencial. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su situación, escríbanos a Contacto@LRB.es.

¿Tiene dudas sobre un gasto concreto?

Revisamos qué gastos está deduciendo, cuáles no está deduciendo pudiendo hacerlo y cuáles no resistirían una comprobación. Un análisis previo cuesta mucho menos que una liquidación con sanción.